
SUCESIÓN INTESTADA
La sucesión intestada se realiza cuando una persona fallece sin haber dejado testamento, permitiendo identificar legalmente a los herederos y otorgarles el derecho sobre los bienes dejados por el causante. El notario otorga la declaratoria de herederos con plena validez registral.
Requisitos:
- Partida de defunción del causante (original y copia).
- DNI vigentes de quienes solicitan la declaratoria (presuntos herederos) y copia.
- Partidas de nacimiento y/o matrimonio que acrediten el vínculo con el causante (original y copia).
- Declaración escrita de parentesco y relaciones de hecho con el causante.
- Certificado de últimas voluntades si existiera (aclarar ausencia de testamento).
- Relación y documentación de los bienes del causante (títulos de propiedad, tarjetas de propiedad vehicular, cuentas bancarias, etc.).
- Testigos o documentación adicional que acredite datos en caso de ser necesario.

Documentos que la notaría entregará al finalizar:
- Copia autorizada de la Escritura Pública de Declaratoria de Herederos (o acta notarial equivalente).
- Expediente foliado con las partidas y documentos aportados.
- Copia simple de la partida de defunción y partidas de respaldo.
- Comprobante de liquidación de derechos notariales.

