
PROTESTO
El protesto es un acto notarial mediante el cual el notario deja constancia formal de la falta de pago o aceptación de un título valor, como una letra de cambio, pagaré o cheque. Su finalidad es acreditar oficialmente el incumplimiento y preservar los derechos del acreedor para ejercer las acciones correspondientes. El notario actúa como fedatario, verificando los plazos y formalidades establecidas en la Ley de Títulos Valores (Ley N.º 27287), garantizando seguridad jurídica en el procedimiento.
Requisitos:
- Presentar el título valor original (letra de cambio, pagaré o cheque).
- Copia del DNI del titular o representante legal (en caso de persona jurídica, acompañar vigencia de poder actualizada).
- Domicilio exacto del obligado o librado, donde se efectuará la diligencia.
- En caso de representación, copia simple del poder notarial.
- Carta de instrucción indicando el tipo de protesto (por falta de pago o falta de aceptación).

Documentos que la notaría entregará al finalizar:
- Acta de Protesto Notarial, donde se deja constancia del incumplimiento.
- Copia certificada del acta, si el interesado lo solicita.
- Anotación en el Registro Notarial de Protestos, conforme a la normativa vigente.

