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PROTESTO

El protesto es un acto notarial mediante el cual el notario deja constancia formal de la falta de pago o aceptación de un título valor, como una letra de cambio, pagaré o cheque. Su finalidad es acreditar oficialmente el incumplimiento y preservar los derechos del acreedor para ejercer las acciones correspondientes. El notario actúa como fedatario, verificando los plazos y formalidades establecidas en la Ley de Títulos Valores (Ley N.º 27287), garantizando seguridad jurídica en el procedimiento.

Requisitos:

  • Presentar el título valor original (letra de cambio, pagaré o cheque).
  • Copia del DNI del titular o representante legal (en caso de persona jurídica, acompañar vigencia de poder actualizada).
  • Domicilio exacto del obligado o librado, donde se efectuará la diligencia.
  • En caso de representación, copia simple del poder notarial.
  • Carta de instrucción indicando el tipo de protesto (por falta de pago o falta de aceptación).

Documentos que la notaría entregará al finalizar:

  • Acta de Protesto Notarial, donde se deja constancia del incumplimiento.
  • Copia certificada del acta, si el interesado lo solicita.
  • Anotación en el Registro Notarial de Protestos, conforme a la normativa vigente.