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Preguntas Frecuentes

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Trámites Notariales para Personas Naturales

En esta sección respondemos las dudas más comunes de quienes requieren servicios notariales para trámites personales, como escrituras públicas, poderes o sucesiones.

La escritura pública es un documento autorizado por un notario que otorga plena validez legal a determinados actos o contratos. Se requiere, por ejemplo, en la compraventa de inmuebles, constitución de hipotecas, donaciones, testamentos o constitución de sociedades. Garantiza seguridad jurídica y respaldo en el registro de la operación.

El poder simple se otorga en documento privado con firmas legalizadas, y sirve para gestiones de menor alcance. En cambio, el poder por escritura pública se inscribe en registros públicos y permite realizar actos con mayor trascendencia legal, como la compra o venta de bienes inmuebles.

Sí. El testamento es un acto solemne que requiere de escritura pública. En la notaría lo asesoramos sobre las disposiciones legales que debe cumplir y garantizamos que su voluntad quede expresada de forma clara y con plena validez jurídica.

Debe acudir personalmente con su documento de identidad vigente y el documento a firmar. El notario verificará su identidad y dará fe de que la firma le pertenece. Este procedimiento evita fraudes y asegura la autenticidad del documento.

Sí. Cuando una persona fallece sin dejar testamento, se inicia un procedimiento notarial para identificar a los herederos legales. La notaría recibe la solicitud, revisa la documentación y emite la declaratoria de herederos, la cual luego se inscribe en los Registros Públicos.

Sí. El reconocimiento voluntario de un hijo puede realizarse en escritura pública ante notario. Este acto permite que quede inscrito en el registro civil y genera los derechos y deberes legales correspondientes entre padres e hijos.

Trámites Notariales para Empresas y Negocios

Aquí encontrará respuestas sobre servicios notariales dirigidos a emprendedores, empresas y sociedades que requieren formalizar actos comerciales y corporativos.

Sí. La notaría le asesora en la elaboración de la minuta de constitución y luego la eleva a escritura pública. Una vez inscrita en los Registros Públicos, la empresa adquiere personalidad jurídica y puede operar legalmente.

El acta recoge acuerdos adoptados por los socios o accionistas de una empresa. En la notaría se protocolizan dichas actas para darles validez jurídica y, en algunos casos, inscribirlas en los Registros Públicos, según la naturaleza de los acuerdos.

Se requiere protocolizar cuando se desea otorgar mayor seguridad y respaldo a un contrato privado, incorporándolo al protocolo notarial y convirtiéndolo en instrumento público. Esto es común en contratos de préstamo, arrendamiento, sociedades o compraventa.

Sí. El aumento de capital requiere de acuerdo social plasmado en acta, el cual se eleva a escritura pública en la notaría y posteriormente se inscribe en los Registros Públicos, asegurando su validez y oponibilidad frente a terceros.

Sí. La notaría formaliza los poderes que los representantes de una empresa delegan a terceros, como gerentes o apoderados. Estos poderes permiten realizar actos en nombre de la empresa y pueden inscribirse en Registros Públicos según corresponda.

Las certificaciones notariales garantizan la autenticidad de documentos como copias, firmas o declaraciones juradas. En el ámbito empresarial, aportan confianza y respaldo legal en procesos comerciales, licitaciones o contratos con terceros.